Examinando por Autor "Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600"
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- ÍtemCapitulos generales de las Cortes de Madrid, que se començaron el año de mil y quinientos y ochenta y tres, y se fenecieron el de ochenta y cinco.(En Madrid : en casa de Pedro Madrigal : Vendense en casa de Blas de Robles ..., 1587) Castilla (Reino). Cortes; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemCapitulos generales de las Cortes del año de ochenta y seys, fenecidas y publicadas en el de nouenta.(En Madrid : por Pedro Madrigal : Vendense en casa de Blas de Robles ..., 1590) Castilla (Reino). Cortes; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemPrematica, en que se da la orden que se ha de tener en el traer de los lutos en estos reynos.(En Madrid : en casa de Pedro Madrigal : Ve[n]dese en casa de Blas de Robles ..., 1588) España; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemPrematica, en que se declara y amplia, la en que se prohibio arrendar los oficios de escriuanos, receptorias, y procuradorias, y se mandó los siruiessen por sus personas, y tuuiessen de patrimonio y hazienda propia la tercia parte del valor del oficio.(En Madrid : en casa de Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ..., 1590) España; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemPrematica, en que se prohibe el arrendarse los oficios de escriuanos de camara, y procuradorias, recetorias, y escriuanias del numero, y que à los tales oficios no sean admitidos al vso dellos, sino constare tener de propia hazienda y patrimonio la tercia parte del valor dellos.(En Madrid : por Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ..., 1590) España; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemPrematica, en que se prohibe, que los naturales destos reynos no anden en abito de romeros y peregrinos, y se da la orden que han de tener para yr à alguna romeria, y assi mesmo la que han de guardar los estrangeros que vinieren en romeria.(En Madrid : en casa de Pedro Madrigal : Vendese en casa de Blas de Robles ..., 1590) España; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600; Robles, Blas de, fl. 1568-1592
- ÍtemPrematica, para que ningun abogado lo pueda ser en las causas que se trataren en el Co[n]seio y otros tribunales, en que su padre, hiio, ò yerno, ò cuñado fuere iuez, y trata[n]dose ante vn iuez solo no pueda abogar padre, hiio, yerno, ni cuñado del tal iuez, ni puedan hazer conciertos los abogados y procuradores sobre el lleuar parte del interes y ganancia del estipendio è interesses de los pleytos.(En Madrid : en casa de Pedro Madrigal, 1590) España; Madrigal, Pedro, fl. 1586-1600